Certificado de no impedimento matrimonial para extranjeros
Descripción del servicio
Si es usted extranjero y desea casarse en Alemania, los requisitos para contraer matrimonio vienen determinados por la ley que se aplica en su país de origen.
Esta normativa pretende evitar que el matrimonio sea reconocido en Alemania pero no en su país de origen. Es especialmente importante para los futuros hijos que un matrimonio celebrado en Alemania sea reconocido también en el país de origen del progenitor extranjero.
Por lo tanto, deberá presentar un certificado de no impedimento matrimonial de su país de origen en el que la autoridad nacional de su país de origen confirme que no existe ningún impedimento para el matrimonio previsto en virtud de la legislación de su país de origen.
Si tiene más de una nacionalidad, se aplicará la ley del país con el que tenga vínculos más estrechos. Si además es usted alemán, prevalecerá la nacionalidad alemana.
Podrá ser eximido de esta obligación en casos individuales por el Presidente del Tribunal Regional Superior competente en cuya circunscripción se haya registrado el matrimonio.
Por regla general, esta exención es posible para
- Nacionales de países cuyas autoridades no expiden certificados de no impedimento para contraer matrimonio,
- Los nacionales de países que expiden certificados de no impedimento para el matrimonio si éste es objetivamente imposible. Esto se aplica, por ejemplo, a situaciones en las que la legislación extranjera prohíbe el matrimonio por motivos incompatibles con la libertad de contraer matrimonio garantizada constitucionalmente (por ejemplo, si la legislación extranjera prohíbe volver a casarse tras un divorcio).
Las personas reconocidas con derecho de asilo, los refugiados extranjeros, los extranjeros sin hogar y los apátridas con residencia permanente en Alemania no necesitan un certificado de no impedimento para contraer matrimonio ni una exención. Su situación legal debe acreditarse mediante el correspondiente documento de viaje.
En caso de exención, el Presidente del Tribunal Regional Superior comprueba en lugar de la autoridad extranjera si existe un impedimento para el matrimonio según la legislación del país de origen o si falta un requisito previo para el matrimonio. Tampoco debe existir ningún impedimento para el matrimonio según la legislación alemana. En este contexto, puede ser necesario comprobar si algún matrimonio anterior ha sido efectivamente disuelto. La exención es válida durante un periodo de seis meses.
Procedimiento
Inscriba su matrimonio en el registro civil que le corresponda.
- Solicite allí la exención de presentar el certificado de no impedimento para contraer matrimonio (formulario de solicitud).
- El registrador prepara la solicitud y le asesora sobre los documentos que aún son necesarios en cada caso.
- La solicitud se remite al Tribunal Regional Superior competente junto con los documentos y pruebas completos.
Oficina responsable
La competencia corresponde al Tribunal Regional Superior que le corresponda.
Requisitos previos
La solicitud de exención del certificado de no impedimento para contraer matrimonio requiere siempre la inscripción del matrimonio en el registro civil correspondiente.
La solicitud de exención sólo puede presentarse a través de la oficina de registro.
Las consultas preliminares y de estado tampoco deben dirigirse al Tribunal Regional Superior, sino exclusivamente a la oficina de registro.
¿Qué documentos son necesarios?
- Prueba de identidad, nacionalidad y filiación, estado civil y, en su caso, disolución del matrimonio o matrimonios anteriores.
- Todos los documentos deben presentarse en original. La oficina del registro civil le informará sobre la forma en que pueden utilizarse los documentos (por ejemplo, apostillados o legalizados).
- Prueba de ingresos de ambos prometidos, que muestre los ingresos netos mensuales, para calcular la tasa de tramitación (para la decisión judicial)
¿Qué tasas se cobran?
- para la exención de presentar un certificado de no impedimento para contraer matrimonio: de 15,00 euros a 305,00 euros
- en caso de denegación o retirada de la solicitud: la mitad de la tasa de concesión de la exención, pero como mínimo 15,00 euros
¿Qué plazos debo respetar?
No hay plazos que respetar.
Tiempo de procesamiento
- dependiendo de cada caso
Base jurídica
Ordenanza del Estado Civil del respectivo estado federal y:
- Artículo 13 Ley Introductoria al Código Civil alemán (EG-BGB)
- § Artículo 1309 del Código Civil alemán (BGB)
- §§ 1306 y ss. Código Civil alemán (BGB)
- § Artículo 4 Ley de Costas en Asuntos de la Administración Judicial (Ley de Costas de la Administración Judicial - JVKostG)
- § Artículo 4 Ley de Costas en Asuntos de la Administración Judicial (Ley de Costas de la Administración Judicial - JVKostG), Baremo de Costas - Anexo (al Artículo 4 (1)) Baremo de Costas, nº 1330
- Artículo 12 Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados (CRG)
- § Artículo 12 (3) de la Ley del Estado Civil (PStG)
- § Artículo 23 Ley introductoria a la Ley de Constitución de Tribunales (EGGVG)
Recurso legal
- Solicitud de decisión judicial
- Plazo: 1 mes
Solicitudes / Formularios
- Formularios: en el registro civil
- Posibilidad de procedimiento en línea: no
- Forma escrita requerida: sí
- Comparecencia personal requerida: OLG: no
¿Qué más debo saber?
Información sobre el certificado de no impedimento matrimonial para extranjeros en el portal del estado de Sajonia.
Observaciones
Cuando prepare su boda, asegúrese de planificar la posible duración del procedimiento de exención de la presentación de un certificado de no impedimento para contraer matrimonio.
Texto breve
- Certificado de no impedimento matrimonial para extranjeros
- Exención de presentar un certificado de no impedimento para contraer matrimonio del país de origen del extranjero
- La solicitud de exención del certificado de no impedimento para contraer matrimonio requiere siempre la inscripción del matrimonio en el registro civil correspondiente.
- Las personas reconocidas con derecho de asilo, los refugiados extranjeros, los extranjeros sin hogar y los apátridas con residencia permanente en Alemania no necesitan un certificado de no impedimento para contraer matrimonio ni una exención. Su situación legal debe probarse mediante un documento de viaje adecuado.
- Responsable de la solicitud: oficina del registro civil del lugar de residencia o domicilio habitual de uno de los prometidos
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