Notarización de defunción en el extranjero

  • Descripción del servicio

    Los certificados de defunción expedidos correctamente en el extranjero suelen ser reconocidos en Alemania. No existe obligación de legalización notarial posterior.

    Sin embargo, la inscripción posterior en el registro de defunciones puede ser ventajosa porque el registro civil local puede expedirle entonces un certificado de defunción alemán. Por tanto, en el futuro ya no serán necesarias las traducciones y legalizaciones del certificado de defunción extranjero.

  • Procedimiento

    Llame al registro civil con antelación para informarse de los trámites y documentos necesarios.

    • Reúna los documentos necesarios y acuda al registro civil.
    • El registrador comprobará si la certificación notarial puede ser realizada por una oficina de registro alemana.
    • Si se cumplen los requisitos, se puede proceder a la inscripción en el registro de defunciones.

    En caso necesario, el registro civil le expedirá un certificado de defunción una vez realizada la inscripción en el registro.

  • Requisitos previos

    La certificación posterior de la defunción es posible para:

    • Ciudadanos alemanes
    • Apátridas, extranjeros sin hogar o refugiados extranjeros con residencia habitual en Alemania

    Los solicitantes autorizados son:

    • los niños,
    • los padres,
    • el cónyuge o pareja de la persona fallecida y
    • la misión diplomática alemana en el extranjero en cuya jurisdicción se haya producido el fallecimiento.
  • ¿Qué documentos son necesarios?

    • Certificado de defunción extranjero con traducción, en su caso con legalización/apostilla
    • Documento de identidad o pasaporte del solicitante (o un documento de identidad sustitutivo reconocido)

    Documentos del fallecido:

    • Prueba de estado civil (por ejemplo, certificado de matrimonio, sentencia de divorcio)
    • Partida de nacimiento

    ¿El fallecido estaba nacionalizado, tenía derecho a asilo, era apátrida, extranjero sin hogar o refugiado?

    • Certificado de naturalización o prueba de estatuto especial

    Además, puede ser necesario presentar otros documentos - infórmese de ello con antelación en el registro civil.

  • ¿Qué tasas se cobran?

    Se cobra una tasa de 47,00 euros por la certificación notarial de un fallecimiento, a menos que el municipio haya fijado por ley una tasa diferente; pueden cobrarse tasas adicionales.

  • Base jurídica

  • Mecanografía

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