Solicitar prestaciones en virtud de la Ley de Prestaciones para Solicitantes de Asilo
Descripción del servicio
Si no tiene la nacionalidad alemana y no pertenece a un Estado miembro de la UE y se encuentra en Alemania, puede recibir prestaciones en virtud de la Ley de Prestaciones para Solicitantes de Asilo en determinadas condiciones. Se trata de las denominadas prestaciones básicas, prestaciones por enfermedad, embarazo y parto, así como otras prestaciones.
Las prestaciones básicas están destinadas a cubrir las necesidades necesarias para garantizar la subsistencia. Se trata, por ejemplo, de la alimentación, el alojamiento, la calefacción, la ropa, la higiene personal y los enseres domésticos. Además, son posibles las prestaciones para las necesidades personales necesarias, que tienen por objeto garantizar la participación en la vida social.
Las prestaciones por embarazo y parto también complementan las necesidades adicionales de las futuras madres. Puede tratarse, por ejemplo, de ropa de maternidad o de equipamiento inicial para el bebé (por ejemplo, pañales y un bolso cambiador).
Las prestaciones de asistencia sanitaria están destinadas a garantizar su asistencia sanitaria si no está asegurado en una caja de enfermedad. La asistencia sanitaria consiste en el tratamiento por parte de un médico si padece una enfermedad grave o sufre dolores. También puede recibir las vacunas necesarias (por ejemplo, contra la gripe) y los chequeos médicos necesarios. Los chequeos son exámenes regulares para reconocer y tratar las enfermedades en una fase temprana.
Otras prestaciones están destinadas en particular a casos especiales. Puede tratarse de prestaciones especiales para garantizar la subsistencia o para las necesidades de los niños, por ejemplo, material escolar y ayuda a la integración para los niños discapacitados. La ayuda a la integración ayuda a las personas a participar en la vida comunitaria. También son posibles las prestaciones para determinados gastos de intérprete y para la obtención del pasaporte.
Las prestaciones son posibles si sus ingresos y bienes disponibles se han agotado o son insuficientes y no percibe ninguna prestación en virtud de SGB II/SGB XII. Si no vive solo, se tendrán en cuenta los ingresos de los miembros de su familia con los que conviva. En este contexto, los miembros de la familia son su pareja o cónyuge y sus hijos (menores de edad).
Las prestaciones en virtud de la Ley de Prestaciones a los Solicitantes de Asilo pueden concederse como prestaciones en especie o en metálico. Dependiendo de su situación vital y del lugar en el que se encuentre, el tipo y la cuantía de las prestaciones concedidas pueden variar. Además del pago en especie o en metálico, también es posible el pago en forma de vales o de otras maneras.
La organización responsable suele tener en cuenta los gastos de alojamiento y calefacción a la hora de calcular sus derechos. La concesión de la ayuda en forma de prestaciones en metálico o en especie depende de las circunstancias de su caso individual. La cuantía de las prestaciones concedidas se ajusta periódicamente y se gradúa en función de la edad y la situación de la vivienda.
Procedimiento
Las prestaciones de la Ley de Prestaciones a los Solicitantes de Asilo pueden solicitarse de manera informal. Es aconsejable concertar una cita personal de asesoramiento con su oficina responsable. Lleve a la cita todos los documentos necesarios.
- Presente la solicitud en su oficina local o a través del portal en línea.
- Presente las pruebas requeridas.
- La autoridad competente comprobará su solicitud y calculará sus necesidades.
- La autoridad competente decidirá sobre su solicitud y le informará del resultado. Recibirá la notificación correspondiente de la autoridad competente.
- Si su solicitud es aprobada, recibirá una notificación de aprobación. Si es rechazada, recibirá una notificación de rechazo.
- En ambos casos, la notificación contiene los motivos de la decisión. También contiene información sobre la posibilidad de presentar un recurso contra la decisión. También contiene información sobre el plazo en el que puede presentar un recurso.
- La notificación de autorización contiene el importe de la prestación que debe abonarse y la fecha de inicio del pago. A partir de la fecha indicada, la institución competente pondrá generalmente a su disposición las prestaciones a las que tenga derecho a principios de mes. El pago puede variar en función de cada caso, por ejemplo mediante transferencia bancaria, pago en efectivo, orden de pago por compensación, tarjeta de pago en efectivo, cheque al portador o vales.
- Para los servicios sanitarios: Dependiendo de la autoridad competente, recibirá un vale de tratamiento o una tarjeta sanitaria electrónica.
- Vale de tratamiento: usted presenta el vale de tratamiento a su médico dentro del plazo y recibe tratamiento. Si necesita más servicios sanitarios, normalmente tendrá que presentar una nueva solicitud. Puede obtener más información sobre las prestaciones y el vale de tratamiento a través de su proveedor de seguros.
- Tarjeta sanitaria electrónica: Usted presenta la tarjeta sanitaria a su médico y recibe tratamiento. Si vuelve a necesitar servicios sanitarios, puede acudir directamente al médico y no necesita una nueva solicitud.
Atención: está obligado a informar inmediatamente a la autoridad competente de cualquier cambio en su situación personal y financiera.
Requisitos previos
- Procede de un tercer país y no es nacional de un país de la UE.
- Usted se queda en Alemania.
- Cumple uno de los siguientes criterios
- Tiene un permiso de residencia de acuerdo con la Ley de Asilo.
- Quiere entrar en el país a través de un aeropuerto y la entrada no está permitida (todavía).
- Dispone de un permiso de residencia conforme a los artículos 23 (1), 24 o 25 (4) frase 1 de la AufenthG.
- Tienen un permiso de residencia de acuerdo con el artículo 25 (5) de la AufenthG, siempre que la decisión sobre la suspensión de su deportación se haya tomado hace menos de 18 meses.
- Tiene un permiso de estancia tolerada según el § 60a AufenthG.
- Su tolerancia ha expirado.
- Es usted cónyuge, pareja o hijo menor de edad de las personas arriba mencionadas.
- Usted presenta una solicitud posterior de acuerdo con el § 71 AsylG o una segunda solicitud de acuerdo con el § 71a AsylG.
- Ha solicitado un permiso de residencia pero aún no ha recibido una decisión del Departamento de Extranjería.
- Ha agotado los ingresos y bienes a su disposición o éstos no son suficientes para cubrir sus gastos de subsistencia.
- No tiene derecho a las prestaciones básicas para demandantes de empleo (SGB II) ni a la ayuda para gastos de manutención ni a las prestaciones básicas conforme al Libro Duodécimo del Código Social alemán (SGB XII).
- No tiene derecho al seguro de enfermedad obligatorio (por ejemplo, el seguro familiar).
Si presenta su solicitud ante un ayuntamiento, debe tener su residencia habitual en este municipio o estar adscrito al mismo.
¿Qué documentos son necesarios?
- Formulario de solicitud cumplimentado
- Prueba de residencia actual (por ejemplo, pasaporte, permiso de residencia, estancia tolerada)
- Pruebas de activos (por ejemplo, extractos de cuentas e inversiones en el país y en el extranjero, vehículos, joyas, bienes inmuebles)
- Justificantes de los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar (por ejemplo, nóminas, extractos de pensiones, subsidio familiar, BAföG, anticipo de manutención)
- Prueba de seguro médico y de cuidados a largo plazo, si procede
- Pruebas relacionadas con el rendimiento, si procede
- Pasaporte de maternidad
- Certificado escolar
- Estimaciones de costes
- En caso de obligaciones administrativas de cooperación: Avisos y requerimientos de la autoridad de extranjería
- Si procede, justificante del seguro y de los gastos de viaje (en caso de empleo remunerado)
- En su caso, justificante de prestaciones sociales anteriores (aviso de baja de la oficina de empleo, avisos de empleo de otros municipios)
- Si procede, contrato de alquiler y justificante del alquiler actual, gastos de calefacción y electricidad
- Si procede, certificado de matrimonio, sentencia de divorcio, prueba de manutención del cónyuge
Si procede, prueba del derecho de visita (para los padres que viven separados en Alemania)
¿Qué plazos debo respetar?
Puede recibir las prestaciones si la autoridad reconoce que necesita ayuda.
Deberá respetar los plazos establecidos por la autoridad competente para la presentación de documentos. Si no puede hacerlo por razones comprensibles, deberá solicitar una prórroga del plazo. De lo contrario, la autoridad competente podrá denegarle la prestación por incumplimiento de sus obligaciones legales de cooperación.
Esto también se aplica a los plazos de recurso, es decir, si no está de acuerdo con la decisión, no sólo con la decisión de denegación, sino también con la decisión de autorización (cuantía del derecho a prestación resultante).
Base jurídica
Mecanografía
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