Notificación de guardias
Descripción del servicio
Si, como empresa de seguridad, desea emplear a personas a las que se vayan a encomendar tareas de seguridad y la gestión de una empresa o sucursal, deberá notificarlo previamente a la autoridad competente y adjuntar los documentos que se indican a continuación. Lo mismo se aplica a los representantes legales de las personas jurídicas, en la medida en que vayan a participar directamente en la realización de tareas de seguridad, así como a las personas autorizadas para gestionar el negocio o una sucursal y en el caso de empleo temporal. Una vez recibida la notificación, la autoridad comprueba la fiabilidad de esta persona.
El registro de los vigilantes de seguridad y de las personas autorizadas a dirigir la empresa o una sucursal se realiza electrónicamente a través del registro de vigilantes de seguridad.¿Qué documentos son necesarios?
La notificación de la intención de contratar a un vigilante de seguridad, a un representante legal o a una persona autorizada para dirigir la empresa o una sucursal debe ir acompañada de los siguientes documentos:
- Prueba de instrucción de acuerdo con el § 34a párrafo 1a frase 1 nº 2 de la Ley de Regulación del Comercio y la Industria o
- Certificado de examen de la cualificación pertinente para el oficio de vigilante de conformidad con el artículo 8 nº 1 de la Ordenanza de Vigilantes o
- Certificado de examen al término de un examen de carrera como mínimo para el servicio policial intermedio encargado de hacer cumplir la ley, para el servicio penitenciario intermedio, para el servicio aduanero intermedio (con autorización para portar armas) o para la policía militar en las Fuerzas Armadas alemanas o
- Certificado de examen de haber superado un programa de licenciatura en derecho en una universidad o academia que otorgue un título equivalente a un título universitario, si también se dispone de la prueba de haber sido instruido por una cámara de industria y comercio en las áreas temáticas conforme al artículo 7 (5) a (7), o bien
- Certificado de superación del examen de pericia conforme al artículo 11 (7) de la Ordenanza de vigilancia o
- Certificado del comerciante anterior conforme al artículo 23 (1) frase 2 de la Ordenanza de vigilancia o
- Certificado del (antiguo) empleador conforme al § 23 párr. 2 frase 2 de la Ordenanza de Vigilancia sobre la actividad ininterrumpida y autorizada en el sector de la vigilancia desde al menos el 01.01.2000 - 01.01.2003
- Notificación de los lugares de residencia de los últimos cinco años, indicando el periodo, la calle, el número de casa, el código postal, la ciudad, el país y el estado,
- Copia del documento de identidad del guarda.
Si se le van a encomendar patrullas en zonas de tráfico público o en zonas con tráfico público real, la protección contra los ladrones de tiendas o la vigilancia de las zonas de entrada de discotecas de hostelería, se requiere la prueba de haber superado con éxito un certificado de aptitud de la Cámara de Industria y Comercio.Pueden exigirse otros documentos en función de las tareas que realicen los vigilantes de seguridad.
Remítase a su notificación de autorización e indique la fecha de la decisión y el número oficial del expediente.
¿Qué tasas se cobran?
La tasa por la comprobación de antecedentes es de al menos 70 euros.
Base jurídica
Mecanografía
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