Quejas vecinales
Descripción del servicio
Una relación pacífica entre vecinos es un bien valioso que debe mantenerse y preservarse. Sin embargo, en la convivencia cotidiana, la contaminación acústica y por olores puede causar molestias e incomodidades.
Si tiene alguna queja, hable primero con la persona causante del ruido. Si no consigue encontrar una solución mediante el diálogo y sigue sintiéndose molesto sin motivo, puede ponerse en contacto con las autoridades de control competentes.
Procedimiento
Si tiene alguna queja, póngase en contacto con las autoridades municipales o locales o, en casos graves, con la autoridad policial competente. En caso necesario, las autoridades comprobarán in situ si el ruido, la contaminación atmosférica o los olores causan molestias importantes al vecindario y tomarán las medidas necesarias (por ejemplo, apagar un equipo de música). Las molestias innecesarias e irrazonables pueden ser sancionadas con una multa como infracción administrativa.
¿Qué documentos son necesarios?
Ninguno
¿Qué tasas se cobran?
Ninguno
Base jurídica
¿Qué más debo saber?
En las zonas residenciales, puede cortar el césped, escarificar, perforar agujeros o utilizar una motosierra los días laborables entre las 7:00 y las 20:00 horas. Sólo se podrá respetar un periodo de descanso al mediodía si así lo prevén las ordenanzas municipales pertinentes. Esto se aplica a las zonas residenciales puras, generales o especiales, así como en las zonas recreativas, balnearios y clínicas. No existen restricciones horarias durante el día en las zonas mixtas, comerciales o industriales.
Existen normativas diferentes para las desbrozadoras, las recortadoras de hierba o de bordes de césped, los sopladores de hojas o los recogedores de hojas. Éstas sólo pueden funcionar en zonas residenciales y balnearios/clínicas en días laborables de 9.00 a 13.00 y de 15.00 a 17.00 horas. La normativa sobre el descanso en domingos y festivos no se ve afectada, es decir, los aparatos no pueden utilizarse en estos días.
Mecanografía
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