Reconocimiento de la paternidad
Descripción del servicio
La declaración por la que se reconoce la paternidad de un niño y la declaración de consentimiento de la madre se pueden certificar ante notario en cualquier oficina del registro civil, en las oficinas de asistencia a la juventud y ante notarios. La paternidad puede reconocerse de forma efectiva si no existe paternidad de otro hombre con respecto a este hijo. El reconocimiento de la paternidad y la declaración de consentimiento de la madre se elevan a escritura pública.
La paternidad puede reconocerse incluso antes de que nazca el niño.
Según la legislación alemana, la mujer que ha dado a luz es la madre del niño. Por lo general, no se exige el reconocimiento de la maternidad. Si se requiere el reconocimiento de la maternidad o una declaración de consentimiento de un representante legal, éstos también deben ser legalizados por una oficina del registro civil, la oficina de asistencia a la juventud o los notarios.
Si la legislación del país de origen de la madre o del padre exige un reconocimiento de maternidad, éste también puede ser legalizado ante notario. Se aplican las mismas reglas que para el reconocimiento de paternidad.
Procedimiento
El reconocimiento de la paternidad y las declaraciones de consentimiento pueden presentarse en cualquier oficina municipal, oficina de asistencia a la juventud o notaría.
- El hombre que reconoce declara que es el padre del niño.
- El registrador debe comprobar la declaración de reconocimiento para evitar en la medida de lo posible un reconocimiento ineficaz.
- Comprobado en particular:
- La identidad del reconocedor, de la madre y del niño
- La capacidad jurídica de las partes implicadas
- Cualquier determinación de estatus previa
- El registrador le explicará las consecuencias jurídicas del nombre.
- El reconocimiento se eleva a escritura pública
Requisitos previos
- El reconocimiento y el consentimiento deben ser notariados públicamente.
- El reconocimiento de paternidad puede presentarse en cualquier oficina municipal, oficina de asistencia a la juventud o notario.
- El reconocimiento no está sujeto a recepción y no requiere la aceptación por parte de una oficina de registro específica u otra autoridad para ser efectivo.
- La prohibición del reconocimiento abusivo de la paternidad conforme al § 1597a. BGB
- El reconocimiento de la paternidad de un hijo no es efectivo mientras exista la paternidad de otro hombre (efecto de bloqueo).
- El reconocimiento sujeto a una condición o a un plazo no es válido.
- No debe haber ninguna revocación efectiva por parte de la parte reconocedora.
- El reconocimiento requiere el consentimiento de la madre.
- El reconocimiento también requiere el consentimiento del niño si la madre no tiene derecho a la custodia parental en este sentido.
- La eficacia de la declaración de reconocimiento de la paternidad no depende de la relación de filiación real; la paternidad (legal) se establece únicamente mediante la presentación efectiva de la declaración de reconocimiento y de todas las declaraciones de consentimiento necesarias. El reconocimiento de la paternidad también puede realizarse antes del nacimiento del niño.
- Las personas con capacidad jurídica limitada sólo pueden reconocerse a sí mismas, pero requieren el consentimiento de su representante legal. En el caso de las personas incapacitadas, el representante legal puede reconocer con la aprobación del tribunal de familia; si el representante legal es un tutor, se requiere la aprobación del tribunal tutelar.
- Las mismas reglas se aplican al consentimiento de la madre.
- En el caso de un menor incapacitado legalmente o que aún no haya cumplido los 14 años, sólo el representante legal puede dar su consentimiento para el reconocimiento.
- Los reconocimientos o consentimientos no pueden ser declarados por una persona autorizada.
¿Qué documentos son necesarios?
- Prueba de identidad (por ejemplo, documento de identidad, pasaporte, carné de identidad)
¿Qué tasas se cobran?
El reconocimiento de la paternidad y las declaraciones de consentimiento son gratuitos.
En su caso, 30 euros por la afirmación en lugar del juramento por un intérprete
¿Qué plazos debo respetar?
- La declaración de reconocimiento puede hacerse por tiempo ilimitado, incluso antes del nacimiento del niño (reconocimiento prenatal) y después de su muerte (reconocimiento post mortem), así como en el caso de los niños nacidos muertos.
Tiempo de procesamiento
- Dependiendo de cada caso
Base jurídica
Recurso legal
- Contradicción
- Contestación
- Procedimiento de determinación
Solicitudes / Formularios
- Formularios: en el registro civil
- Posibilidad de procedimiento en línea: no
- Forma escrita requerida: sí
- Se requiere comparecencia personal: sí
Texto breve
- El reconocimiento de la paternidad se realiza ante notario de forma pública.
- Cada oficina de registro, las oficinas de asistencia a la juventud y los notarios son responsables
- La paternidad puede ser efectivamente reconocida si no existe paternidad de otro hombre con respecto a este niño.
- La paternidad puede reconocerse incluso antes de que nazca el niño.
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