Reconocimiento de la paternidad

  • Descripción del servicio

    La declaración por la que se reconoce la paternidad de un niño y la declaración de consentimiento de la madre se pueden certificar ante notario en cualquier oficina del registro civil, en las oficinas de asistencia a la juventud y ante notarios. La paternidad puede reconocerse de forma efectiva si no existe paternidad de otro hombre con respecto a este hijo. El reconocimiento de la paternidad y la declaración de consentimiento de la madre se elevan a escritura pública.

    La paternidad puede reconocerse incluso antes de que nazca el niño.

    Según la legislación alemana, la mujer que ha dado a luz es la madre del niño. Por lo general, no se exige el reconocimiento de la maternidad. Si se requiere el reconocimiento de la maternidad o una declaración de consentimiento de un representante legal, éstos también deben ser legalizados por una oficina del registro civil, la oficina de asistencia a la juventud o los notarios.

    Si la legislación del país de origen de la madre o del padre exige un reconocimiento de maternidad, éste también puede ser legalizado ante notario. Se aplican las mismas reglas que para el reconocimiento de paternidad.

  • Procedimiento

    El reconocimiento de la paternidad y las declaraciones de consentimiento pueden presentarse en cualquier oficina municipal, oficina de asistencia a la juventud o notaría.

    • El hombre que reconoce declara que es el padre del niño.
    • El registrador debe comprobar la declaración de reconocimiento para evitar en la medida de lo posible un reconocimiento ineficaz.
    • Comprobado en particular:
    • La identidad del reconocedor, de la madre y del niño
    • La capacidad jurídica de las partes implicadas
    • Cualquier determinación de estatus previa
    • El registrador le explicará las consecuencias jurídicas del nombre.
    • El reconocimiento se eleva a escritura pública
  • Requisitos previos

    • El reconocimiento y el consentimiento deben ser notariados públicamente.
    • El reconocimiento de paternidad puede presentarse en cualquier oficina municipal, oficina de asistencia a la juventud o notario.
    • El reconocimiento no está sujeto a recepción y no requiere la aceptación por parte de una oficina de registro específica u otra autoridad para ser efectivo.
    • La prohibición del reconocimiento abusivo de la paternidad conforme al § 1597a. BGB
    • El reconocimiento de la paternidad de un hijo no es efectivo mientras exista la paternidad de otro hombre (efecto de bloqueo).
    • El reconocimiento sujeto a una condición o a un plazo no es válido.
    • No debe haber ninguna revocación efectiva por parte de la parte reconocedora.
    • El reconocimiento requiere el consentimiento de la madre.
    • El reconocimiento también requiere el consentimiento del niño si la madre no tiene derecho a la custodia parental en este sentido.
    • La eficacia de la declaración de reconocimiento de la paternidad no depende de la relación de filiación real; la paternidad (legal) se establece únicamente mediante la presentación efectiva de la declaración de reconocimiento y de todas las declaraciones de consentimiento necesarias. El reconocimiento de la paternidad también puede realizarse antes del nacimiento del niño.
    • Las personas con capacidad jurídica limitada sólo pueden reconocerse a sí mismas, pero requieren el consentimiento de su representante legal. En el caso de las personas incapacitadas, el representante legal puede reconocer con la aprobación del tribunal de familia; si el representante legal es un tutor, se requiere la aprobación del tribunal tutelar.
    • Las mismas reglas se aplican al consentimiento de la madre.
    • En el caso de un menor incapacitado legalmente o que aún no haya cumplido los 14 años, sólo el representante legal puede dar su consentimiento para el reconocimiento.
    • Los reconocimientos o consentimientos no pueden ser declarados por una persona autorizada.
  • ¿Qué documentos son necesarios?

    • Prueba de identidad (por ejemplo, documento de identidad, pasaporte, carné de identidad)
  • ¿Qué tasas se cobran?

    El reconocimiento de la paternidad y las declaraciones de consentimiento son gratuitos.

    En su caso, 30 euros por la afirmación en lugar del juramento por un intérprete

  • ¿Qué plazos debo respetar?

    • La declaración de reconocimiento puede hacerse por tiempo ilimitado, incluso antes del nacimiento del niño (reconocimiento prenatal) y después de su muerte (reconocimiento post mortem), así como en el caso de los niños nacidos muertos.
  • Tiempo de procesamiento

    • Dependiendo de cada caso
  • Base jurídica

  • Recurso legal

    • Contradicción
    • Contestación
    • Procedimiento de determinación
  • Solicitudes / Formularios

    • Formularios: en el registro civil
    • Posibilidad de procedimiento en línea: no
    • Forma escrita requerida: sí
    • Se requiere comparecencia personal: sí
  • Texto breve

    • El reconocimiento de la paternidad se realiza ante notario de forma pública.
    • Cada oficina de registro, las oficinas de asistencia a la juventud y los notarios son responsables
    • La paternidad puede ser efectivamente reconocida si no existe paternidad de otro hombre con respecto a este niño.
    • La paternidad puede reconocerse incluso antes de que nazca el niño.
  • Mecanografía

    2/3
  • Estado de entrada en la biblioteca

    5

Departamentos responsables

Empleados responsables