Mostrar una reunión
Registrar una reunión pública
Descripción del servicio
- Si desea organizar una asamblea, debe notificarlo a la autoridad competente al menos 48 horas antes de que se anuncie el acto.
- Una vez que su notificación haya sido recibida por la autoridad competente, será remitida a la autoridad reguladora local responsable del lugar de la reunión, a la policía y, si es necesario, a otras autoridades implicadas. Estas autoridades implicadas podrán entonces pronunciarse sobre su reunión prevista.
- Si la naturaleza y el alcance de la reunión lo requieren, se mantendrán previamente conversaciones de cooperación con las autoridades implicadas (policía, oficinas de orden público) sobre la organización y el desarrollo de la reunión.
Base jurídica
¿Qué más debo saber?
- La autoridad competente podrá, tras mantener conversaciones de cooperación con otras autoridades implicadas, imponer una restricción a la reunión o dictar una prohibición de reunión si ésta puede suponer una amenaza para la seguridad o el orden públicos que justifique estas medidas.
- Debe emitirse una decisión al respecto, que puede impugnarse ante el tribunal administrativo.
Mecanografía
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