Uso especial de zonas de tráfico público (carreteras, carriles bici, senderos) para obras y construcciones
Descripción del servicio
El establecimiento de una obra/construcción en una vía pública es un uso especial que requiere autorización. Para ello se requiere una orden conforme a la ley de tráfico y/o un permiso especial y un permiso de uso especial conforme a la ley de carreteras
Se requiere autorización para, por ejemplo- Obras de construcción en general (trabajos de demolición, obras estructurales y de ingeniería civil, tuberías)
- Remolque de construcción o cobertizos para cuadrillas/equipos
- Valla de construcción
- Almacén de material
- Andamios
- Volquetes y contenedores
- Plataformas elevadoras
- Grúa móvil, grúa de construcción, elevador inclinado o carretilla elevadora
- Mudanzas
Información sobre el montaje de grúas:
Cuando utilice zonas de tráfico público para montar grúas de construcción o grúas móviles, deberá consultar a las empresas de servicios públicos correspondientes antes de utilizar la zona.
Esto se debe a que sólo la empresa de servicios públicos correspondiente puede juzgar si las líneas que posiblemente discurran por la zona que se va a utilizar pueden soportar la carga o si se van a realizar trabajos o reparaciones importantes.
¿Qué tasas se cobran?
El importe de las tasas por el uso de la vía pública está sujeto a un baremo y depende del tipo y la duración del uso.
La tasa oscila entre 10,20 euros y 767,00 euros.¿Qué plazos debo respetar?
Para garantizar que su solicitud se tramita a tiempo, debe presentarse al menos 2 semanas antes del inicio previsto del uso de la carretera
Base jurídica
Mecanografía
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