Carta de honor del estado de Hesse

  • Descripción del servicio

    La Carta de Honor es un galardón concedido en 1973 por el entonces ministro presidente de Hesse, Albert Osswald, por un compromiso voluntario especial en el ámbito de la configuración democrática, social o cultural de la sociedad. Desde 1998, el administrador del distrito y el alcalde del distrito en cuya área de responsabilidad resida el homenajeado deciden sobre la concesión de la carta de honor.

    Además, el Ministro Presidente de Hesse puede conceder a personalidades especiales el Certificado de Honor del Estado bajo su propia autoridad.
    Cada año se conceden en Hesse entre 1.000 y 1.500 cartas de honor. La concesión de la Carta de Honor del Estado de Hesse requiere al menos 12 años de trabajo voluntario activo en el autogobierno local o en instituciones municipales, en asociaciones con objetivos culturales y sociales (véanse las notas) o de forma comparable. El candidato debe ser merecedor del honor. Sin embargo, al tratarse de una condecoración estatal, no se tiene derecho legal a la misma.
     

  • ¿Qué documentos son necesarios?

    La propuesta al administrador del distrito o al alcalde debe contener al menos la siguiente información sobre la persona propuesta:

    • Nombre y apellidos,
    • Dirección residencial,
    • Fecha de nacimiento,
    • Descripción de la naturaleza y el alcance del voluntariado
    • si procede, personas de referencia, asociaciones u organizaciones que puedan comentar el compromiso del candidato propuesto
  • Tiempo de procesamiento

    El examen de la propuesta puede llevar varias semanas o meses, ya que las distintas instituciones, organizaciones, asociaciones y comités en los que el candidato participa o ha participado de forma voluntaria deben hacer comentarios al respecto.

  • Base jurídica

    Decreto sobre la Fundación de la Carta de Honor del Estado de Hesse de fecha 26/05/1973 modificado el 05/09/2008

  • Recurso legal

    La concesión de la Carta de Honor del Estado de Hesse es una distinción que puede (pero no tiene por qué) concederse si se cumplen los requisitos especificados en el decreto.
    Como ocurre con todas las condecoraciones, no se tiene "derecho legal" a ella.
     

  • ¿Qué más debo saber?

    Pueden recibir el Certificado de Honor del Estado los siguientes cargos honoríficos de asociaciones con objetivos culturales y sociales: presidentes, vicepresidentes, tesoreros y tesoreras de asociaciones, directores y directoras en la junta ejecutiva y secretarios y secretarias. Además, los concejales, representantes municipales, miembros de consejos locales, concejales honorarios y concejales en órganos municipales, así como los árbitros y jueces honorarios pueden recibirlo, siempre que cumplan los demás requisitos. Bajo ciertas condiciones, otros trabajos voluntarios también pueden ser distinguidos con el Certificado de Honor del Estado.

  • Observaciones

  • Mecanografía

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