Exención del requisito de identificación
Descripción del servicio
La autoridad competente en materia de documentos de identidad podrá eximir a las personas de la obligación de poseer un documento de identidad,
- para los que no se haya designado un tutor únicamente por orden temporal o que estén incapacitados para actuar o consentir y estén representados por un representante autorizado con un poder notarial certificado públicamente,
- que puedan ser alojados de forma permanente en un hospital, una residencia de ancianos o una institución similar, o
- que no pueden desplazarse en público por sí mismos debido a una discapacidad permanente.
¿Qué documentos son necesarios?
Puede obtener información al respecto, caso por caso, en la autoridad competente en materia de documentos de identidad de su municipio de residencia.
¿Qué tasas se cobran?
Ninguna.
Base jurídica
Mecanografía
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