Exención del requisito de identificación

  • Descripción del servicio

    La autoridad competente en materia de documentos de identidad podrá eximir a las personas de la obligación de poseer un documento de identidad,

    1. para los que no se haya designado un tutor únicamente por orden temporal o que estén incapacitados para actuar o consentir y estén representados por un representante autorizado con un poder notarial certificado públicamente,
    2. que puedan ser alojados de forma permanente en un hospital, una residencia de ancianos o una institución similar, o
    3. que no pueden desplazarse en público por sí mismos debido a una discapacidad permanente.
       
  • ¿Qué documentos son necesarios?

    Puede obtener información al respecto, caso por caso, en la autoridad competente en materia de documentos de identidad de su municipio de residencia.

  • ¿Qué tasas se cobran?

    Ninguna.

  • Base jurídica

  • Mecanografía

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