Censo electoral para las elecciones europeas Corrección
Descripción del servicio
Si el censo electoral para las elecciones europeas contiene datos incorrectos o está incompleto, puede hacer que lo corrijan. Esto sólo es posible a partir del 20º día antes de las elecciones (= inicio del periodo de inspección) tras una objeción o de oficio.
La objeción sólo es posible hasta el 16º día antes de las elecciones (= fin del periodo de inspección). Debe presentarse por escrito o para su registro en el municipio de residencia. El municipio
decide sobre la objeción antes del 10º día anterior a la elección. Se puede presentar un recurso contra la decisión en un plazo de dos días a partir de la notificación.
El municipio puede corregir el censo electoral en cualquier momento si es manifiestamente incorrecto o incompleto.
El censo electoral se finaliza a más tardar el día anterior a las elecciones.Procedimiento
Puede hacer corregir el censo electoral para las elecciones europeas de la siguiente manera:
- Tras consultar el censo electoral, descubre un error en el mismo o no está inscrito aunque tiene derecho a votar.
- Presente una objeción y justifique los hechos con pruebas adecuadas.
- La autoridad corrige el censo electoral o envía una notificación de rechazo. Si se le inscribe posteriormente, recibirá una notificación electoral.
Requisitos previos
- Si se comprueba que el censo electoral es incorrecto, se procederá a su corrección.
- Si puede aportarse una prueba de la elegibilidad para votar a pesar de la ausencia de una inscripción, el censo electoral se completará en consecuencia.
¿Qué documentos son necesarios?
documentos concluyentes que prueben la necesidad de corregir el censo electoral o, a falta de inscripción, la prueba de la elegibilidad para votar
¿Qué tasas se cobran?
No hay tasas.
¿Qué plazos debo respetar?
La posibilidad de inspección existe entre el 20º día (= inicio del periodo de inspección) y el 16º día (= fin del periodo de inspección) antes de las elecciones.
Tiempo de procesamiento
alrededor de 1 semana
Base jurídica
Solicitudes / Formularios
ninguno
¿Qué más debo saber?
Encontrará más información sobre el tema de las elecciones en
Texto breve
- Censo electoral para las elecciones europeas Corrección
- a partir del vigésimo día anterior a las elecciones - inicio del periodo de inspección - el censo electoral sólo puede corregirse en respuesta a una impugnación o de oficio
- Las objeciones sólo son posibles hasta el 16º día antes de las elecciones (= fin del periodo de inspección)
- Las objeciones deben hacerse por escrito o para que consten en acta
- Decisión del municipio sobre las objeciones a más tardar 10 días antes de las elecciones
- El derecho a recurrir en un plazo de dos días a partir de la notificación
- Los errores evidentes que no sean objeto de una objeción también pueden ser rectificados de oficio por el ayuntamiento
- Cumplimentación del censo electoral a más tardar la víspera de las elecciones
- responsable: Municipio de residencia
Organismo emisor
Servicio de reenvío: Enlace profundo al portal original- Registro de votantes para las elecciones europeas Corrección en Hesse
Visualización del rendimiento en el portal de origen
- Registro de votantes para las elecciones europeas Corrección en Hesse
Mecanografía
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