Registrar la incineración de residuos vegetales

Incineración de residuos vegetales
  • Descripción del servicio

    Si en su propiedad se acumulan residuos vegetales de los que no puede deshacerse pudriéndolos, dejándolos tirados, enterrándolos o compostándolos, puede quemarlos en la propiedad en la que se acumulan, bajo ciertas condiciones.

    También es posible quemar la paja en los campos cosechados si cumple los requisitos pertinentes al quemar la paja.

  • Procedimiento

    • Registre la quema de manera informal o utilizando el servicio en línea con al menos dos días laborables de antelación en su oficina local de orden público.
    • No tiene que esperar una confirmación.
       
  • Oficina responsable

    Las autoridades reguladoras son las responsables.

  • Requisitos previos

    • La quema debe realizarse bajo la supervisión constante de una persona de confianza en tiempo seco.
    • Está permitido quemar de lunes a viernes de 8.00 a 16.00 horas y los sábados de 8.00 a 12.00 horas.
    • La paja o los residuos vegetales deben estar secos para que se produzca el menor humo posible.
    • No debe utilizar ninguna sustancia adicional (por ejemplo, alcoholes o acelerantes del fuego).
    • Debe ser capaz de mantener el fuego bajo control en todo momento y, en caso de vientos fuertes o de que aumente el desarrollo del humo, debe extinguir el fuego inmediatamente.
    • Antes de marcharse, debe asegurarse de que el fuego y las brasas estén completamente apagados. Debe trabajar los residuos en el suelo inmediatamente.

    Deben respetarse las siguientes distancias mínimas:

    • A 100 m de edificios, tiendas o campings
    • A 35 m de otros edificios
    • 5 m hasta el límite de la propiedad
    • a 100 m de
      • Autopistas federales y carreteras principales tipo autopista
      • para el almacenamiento con líquidos inflamables o gases a presión
      • a los establecimientos en los que se fabriquen, procesen o almacenen sustancias explosivas
    • A 50 m de otras rutas de transporte público
    • A 100 m de reservas naturales, bosques, páramos y brezales
    • A 20 m de avenidas de árboles, grupos de árboles, árboles individuales, plantaciones protegidas, monumentos naturales y campos de cultivo sin cosechar.

    Quema en un radio de

    • 4 km alrededor del punto de referencia de la pista de los aeropuertos comerciales o
    • 3 km alrededor del punto de referencia de la pista de los aeródromos, lugares especiales de aterrizaje y lugares de vuelo sin motor

    sólo se permite con la aprobación de los centros locales de control del tráfico aéreo o de los controladores aéreos.

    Si hay objetos o plantas inflamables dentro de las distancias mínimas, deberá crear una franja de seguridad de 5 metros de ancho labrando alrededor de ellos.

    Cuando queme paja en campos de cereales cosechados, también se aplica lo siguiente:

    • Debe haber al menos dos supervisores de confianza en el lugar.
    • Debe crear una franja de seguridad de 5 metros de ancho alrededor de la zona a quemar mediante arado o fresado.
    • Las zonas contiguas de más de 3 hectáreas deben estar divididas por franjas de seguridad de 5 metros de ancho a intervalos de 80-100 metros.
      • Sólo podrá quemar las zonas parciales creadas de este modo una tras otra, es decir, después de que se haya extinguido la zona parcial anterior.

    Cuando se queman residuos forestales en el bosque, también se aplica lo siguiente:

    • Las quemas sólo están permitidas de lunes a viernes de 8.00 a 16.00 horas. No se permite la quema cuando exista un mayor riesgo de incendios forestales.
    • En la medida de lo posible, debe apilar los residuos para su incineración en pilas o montones en lugares donde no haya riesgo de incendios forestales.
    • Cuando queme, debe asegurarse de que el fuego puede mantenerse bajo control en todo momento.
    • Deberá asegurarse de que el desarrollo del humo no perjudique al tráfico rodado circundante, no provoque chispas voladoras peligrosas y no cause molestias importantes al público en general.
    • Debe mantener la zona alrededor del fuego libre de objetos inflamables o altamente inflamables con una anchura aproximada de un metro y cubrirla con tierra o apagarla con agua con tiempo suficiente antes de que el fuego se extinga definitivamente.
  • ¿Qué documentos son necesarios?

    • Notificación del lugar y periodo de incineración
    • Descripción de la ubicación y el tamaño del lugar donde se incinerarán los residuos
    • Descripción del tipo y cantidad de residuos
    • Datos de los supervisores (nombres, edades y direcciones)
  • ¿Qué tasas se cobran?

    No hay tasas.

  • ¿Qué plazos debo respetar?

    Las quemas deben registrarse en la oficina de orden público al menos dos días laborables antes de su inicio.

  • Tiempo de procesamiento

    Ninguno

  • Base jurídica

  • ¿Qué más debo saber?

    En casos concretos, la autoridad inferior de aguas puede autorizar excepciones a la eliminación de residuos vegetales si ello no va en detrimento del bien público.

  • Texto breve

    • Notificación de la incineración de residuos vegetales generados en terrenos agrícolas u hortícolas Aceptación
    • La quema de residuos vegetales en la propiedad donde se producen o de paja en los campos cosechados debe registrarse en la oficina de orden público con al menos dos días laborables de antelación.
    • Requisitos previos:
      • Los residuos vegetales deben estar secos y sólo pueden quemarse bajo la supervisión constante de al menos una persona de confianza (dos si se quema paja) y con tiempo seco.
      • Está permitido quemar de lunes a viernes de 8.00 a 16.00 horas y los sábados de 8.00 a 12.00 horas.
      • No pueden utilizarse sustancias adicionales (por ejemplo, alcoholes o acelerantes del fuego).
      • Deben mantenerse unas distancias mínimas con respecto a edificios, campings, límites de propiedades, autopistas, almacenes, empresas, otras vías de transporte público, reservas naturales, bosques, páramos y brezales, avenidas de árboles, grupos de árboles, árboles individuales, plantaciones protegidas, monumentos naturales y campos de cultivo sin cosechar.
      • La quema en las proximidades del punto de referencia de la pista de aterrizaje de los lugares de aterrizaje especiales y de los aeródromos de planeadores sólo está permitida con el consentimiento de los centros de control del tráfico aéreo o de los controladores aéreos locales.
    • La quema de residuos forestales en el bosque sólo está permitida de lunes a viernes de 8.00 a 16.00 horas si es necesaria por motivos forestales.
    • Si aumenta el riesgo de incendios forestales, no se permite la quema.
    • Responsables: Oficinas de orden público
       
  • Organismo emisor

    Ministerio de Medio Ambiente, Protección del Clima, Agricultura y Protección del Consumidor de Hesse (HMUKLV)

    Servicio de reenvío: Enlace profundo al portal original
  • Mecanografía

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Departamentos responsables

Empleados responsables