Establezca una zona de prohibición de parar

Excepciones y autorizaciones en materia de tráfico
  • Descripción del servicio

    En algunos casos particulares o para determinados solicitantes, pueden autorizarse excepciones a las prohibiciones de parada y estacionamiento.

  • Procedimiento

    ¿Desea que se establezca una zona de prohibición de parar? Para ello necesita una solicitud.

  • ¿Qué documentos son necesarios?

    Solicitud por escrito (normalmente informal) con detalles del nombre, dirección, número de teléfono del solicitante, fecha, duración (hora), detalles de las condiciones locales del lugar (si ya hay restricciones de tráfico, máquinas expendedoras de tickets de aparcamiento, zona peatonal, etc.), longitud de la zona de prohibición de estacionamiento requerida, número de matrícula del vehículo, si procede con el peso total permitido del vehículo.

  • ¿Qué tasas se cobran?

    El importe de la tasa varía de una ciudad a otra (municipio) y también depende del tipo y la duración de la prohibición de parar. La escala de tasas para las medidas de tráfico vial prevé una gama de tasas que va desde los 10,20 euros hasta los 767 euros. La autoridad local de tráfico vial puede proporcionar información sobre el importe exacto de la tasa.

  • ¿Qué plazos debo respetar?

    Por motivos legales, las restricciones de parada deben establecerse siempre al menos 3 ó 4 días antes de su entrada en vigor. Por lo tanto, la solicitud debe recibirse con la debida antelación (idealmente con unos 14 días de antelación). Las solicitudes presentadas con menos antelación deben acordarse previamente por teléfono con la autoridad de tráfico responsable; también puede ser posible enviar la solicitud por fax/correo electrónico, lo que puede ahorrar tiempo.

  • Base jurídica

  • Solicitudes / Formularios

    Solicitud por escrito (normalmente informal). Algunos StVB disponen de formularios para rellenar; en algunos casos es posible descargar un formulario de solicitud de la página web de la autoridad de autorización.

  • ¿Qué más debo saber?

    Las señales de tráfico oficiales sólo pueden erigirse si han sido previamente ordenadas por la autoridad de tráfico competente. La autoridad competente emite una orden previa solicitud. Contiene información sobre cómo debe señalizarse la zona en cuestión. Las señales de tráfico en cuestión sólo podrán erigirse una vez recibida la orden. El solicitante es responsable de la instalación, lo que significa que las señales de tráfico deben adquirirse a una empresa especializada. Por regla general, el StVB no dispone de existencias propias de señales de tráfico. En casos particulares, también es posible tomar prestadas señales de tráfico del depósito del municipio/ciudad local (previo pago). Es aconsejable informarse sobre el procedimiento con el StVB responsable (por teléfono).

  • Observaciones

    Es aconsejable contactar previamente por teléfono con el StVB responsable para coordinar y aclarar los detalles.

  • Mecanografía

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  • Estado de entrada en la biblioteca

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