Asuntos electorales
Información y explicaciones sobre las elecciones
Certificado de admisibilidad
Los candidatos que deseen presentarse a las elecciones deberán demostrar que cumplen los requisitos de elegibilidad al presentar su candidatura.
Encontrará información detallada en:
Notificación de elecciones
La notificación al votante informa a las personas con derecho a voto sobre:
- Inscripción en el censo electoral
- Colegio electoral
- Accesibilidad del colegio electoral
Los municipios envían las notificaciones electorales, que deben entregarse a la persona con derecho a voto a más tardar el 21º día antes de las elecciones. La solicitud de voto por correo o de expedición de una tarjeta electoral se imprime en el reverso de la tarjeta electoral. Si la solicitud de tarjeta electoral se envía a la oficina electoral por correo, debe estar suficientemente sellada.
La notificación del votante debe llevarse al colegio electoral para que la junta electoral pueda encontrar más rápidamente a la persona con derecho a voto en el censo electoral.
Pérdida de la tarjeta electoral
Si ha extraviado o perdido su tarjeta electoral, aún puede participar en las elecciones. No obstante, no olvide llevar consigo su documento de identidad o pasaporte al colegio electoral.
Características especiales
En algunos casos, por ejemplo si se muda o vive en el extranjero, puede ser necesario que se informe activamente sobre su inscripción en el censo electoral. Información al respecto:
Antecedentes jurídicos de la notificación electoral
- § Artículo 18 del Reglamento Electoral Europeo (REE) - Notificación de las personas con derecho a voto
- § Artículo 19 del Reglamento Electoral Federal (BWO) - Notificación de las personas con derecho a voto
- § Sección 6 del Reglamento Electoral Estatal (LWO) - Notificación de las personas con derecho a voto
- § Sección 10 Código Electoral Local (KWO) - Notificación a las personas con derecho a voto
Solicitar una tarjeta electoral
Desea votar en las elecciones por correo. En este caso, debe solicitar una tarjeta electoral con los documentos del voto por correo. Una tarjeta electoral válida es un requisito previo para el voto por correo.
Es posible votar por correo antes de la fecha de las elecciones y enviar los documentos de voto o entregarlos directamente en el Centro de Atención al Ciudadano o votar allí. La administración se encargará de que pueda marcar su papeleta sin ser observado e introducirla en el sobre de papeletas.
También puede solicitar una tarjeta electoral a su autoridad local antes de recibir su tarjeta electoral. Si no puede utilizar el colegio electoral designado debido a una discapacidad, también puede solicitar una tarjeta electoral.
Antecedentes jurídicos de las distintas elecciones
- § Artículo 4 de la Ley Electoral Europea (EuWG)
- § Sección 26 del Reglamento Electoral Europeo (EuWO)
- § Artículo 17 (2) de la Ley Electoral Federal (BWahlG)
- § Artículo 27 del Código Electoral Federal (BWO)
- § Artículo 13 (1) de la Ley Electoral del Parlamento Estatal (LWG)
- § Sección 13 Reglamento electoral estatal (LWO)
- § Artículo 9 (1) de la Ley de Elecciones Municipales (KWG)
- § Sección 17 del Código Electoral Local (KWO)
Más información
Encontrará más información sobre el tema de las elecciones en wahlen.hessen.de